Registro de Alquiler (NRA)
Si eres propietario de un inmueble destinado a alquiler de corta duración, es fundamental que cumplas con la normativa vigente y obtengas el Número de Registro de Alquiler (NRA). Desde el 2 de enero de 2025, con la entrada en vigor del Real Decreto, este trámite se puede realizar de manera telemática a través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
La aplicación obligatoria de esta normativa será a partir del 1 de julio de 2025, otorgando un periodo de adaptación para que propietarios, plataformas y gestores puedan ajustarse a los nuevos requisitos tecnológicos y operativos. Sin embargo, es recomendable que lo consigas cuanto antes.
El Colegio de Registradores de España ha publicado una guía oficial en su Sede Electrónica, disponible para descargar directamente desde aquí.
En este artículo, te explicaremos paso a paso cómo solicitar el Número de Registro de Alquiler (NRA) para que puedas ofertar tu vivienda en plataformas de alquiler temporal de manera legal y sin inconvenientes.
¿Qué es el Número de Registro de Alquiler?
El Número de Registro de Alquiler (NRA) es un código único que identifica y registra oficialmente los inmuebles destinados a alquiler de corta duración que garantizará que todos los arrendamientos cumplen con la normativa vigente.
¿Por qué debo conseguir el Número de Registro de Alquiler?
Este código será obligatorio para anunciar tu inmueble en cualquier plataforma de alquiler temporal, incluyendo dayApartment. Sin el NRA, no podrás formalizar contratos ni gestionar reservas de inquilinos de manera legal, lo que podría implicar sanciones y problemas legales. Asegúrate de obtenerlo cuanto antes para evitar inconvenientes y operar dentro del marco legal.
¿En qué casos debo conseguir el Número de Registro de Alquiler?
El Número de Registro de Alquiler (NRA) es un requisito esencial para arrendar inmuebles en determinadas circunstancias. A continuación, te explicamos en qué casos es necesario y en cuáles no.
Casos en los que NO necesitas el Número de Registro de Alquiler
Si alquilas tu inmueble para estancias de larga duración, es decir, contratos de arrendamiento de más de un año, no es necesario obtenerlo.
Casos en los que SÍ necesitas el Número de Registro de Alquiler
En cualquier otro tipo de alquiler, deberás contar con el NRA, independientemente de la normativa bajo la que operes. Esto incluye:
Pasos para solicitar el Número de Registro de Alquiler
Identificación en la Sede Electrónica
Para iniciar el trámite, deberás seguir los siguientes pasos:
Una vez dentro, podrás iniciar el proceso de solicitud.
Acceso a la Presentación Telemática
Formulario de Solicitud del NRA
El formulario está disponible en dos secciones dentro de la plataforma:
Datos a completar en el formulario
Una vez completado el formulario, puedes imprimirlo para su presentación en persona o descargarlo para adjuntarlo en la solicitud telemática.
Solicitud de Presentación Telemática
Entrada en vigor y periodo de adaptación
Desde el 2 de enero de 2025, la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos ya está operativa y permite la solicitud del Número de Registro de Alquiler (NRA) de forma telemática.
No obstante, las disposiciones del Real Decreto serán de aplicación obligatoria a partir del 1 de julio de 2025, lo que ofrece un periodo de adaptación para que propietarios, plataformas y entidades gestoras realicen los ajustes necesarios a nivel tecnológico y funcional.
Este sistema digital busca simplificar la tramitación, mejorar la transparencia y garantizar el cumplimiento de la normativa en el alquiler de corta duración. Si aún no has tramitado el NRA para tu vivienda, te recomendamos que lo hagas cuanto antes para evitar problemas con la regulación futura.